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Patentes y Propiedad Intelectual

Patentes y Propiedad Intelectual

  • Categoría: Sector

A la hora de desarrollar una idea con la intención de comercializarla, es importante que se registre la patente para tener los derechos en términos de propiedad industrial.

Una vez registrada esta patente, se tiene un poder sobre la fabricación, uso y venta de dicha idea en comercios.

Innovación y competitividad

¿Qué es una patente?

Según lo define la Oficina Española de Patentes y Marcas, una patente es “un título que reconoce el derecho a explotar una invención en exclusiva, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular”. 

Es un trámite que puede solicitar cualquier persona física o jurídica y lo puede hacer por su propia cuenta, a través de un agente de la propiedad industrial o con otros representantes.

¿Qué se puede patentar?

Hay que tener en cuenta que, según la legislación española, no todo es patentable. Para poder patentar una idea hay que cumplir tres requisitos:

  • Que la invención sea nueva en el mundo.
  • Que sea inventiva, es decir, que no esté basada en algo obvio que podría inventar cualquiera.
  • Que no sea abstracta, es decir, que tenga una aplicación industrial y se pueda llevar a cabo.

Son, por tanto, invenciones no patentables: los descubrimientos, las teorías científicas, los métodos matemáticos, las obras literarias y artísticas, las creaciones estéticas, los planes, reglas y métodos para juegos, entre otros. 

¿Cómo presentar la solicitud de patente?

Lo primero que se tiene que hacer es presentar una solicitud de demanda de depósito de patente de invención o modelo de utilidad. Para ello, hay que definir qué se quiere patentar y la marca e imagen con la que se venderá en el mercado. Se acompaña de documentos como los datos del solicitante, descripción de la idea, dibujos, planos…

La solicitud se puede presentar en distintas sedes de forma presencial como en la Oficina Española de Patentes y Marcas o en otras oficinas pertenecientes a la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, en las oficinas de Correos e incluso en oficinas consulares o representaciones diplomáticas.

El trámite también se puede realizar telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la OEPM. Si se realiza por Internet, las tasas son más económicas.

El siguiente paso es rellenar un formulario en el que se solicita un Informe Sobre el Estado de la Técnica. El informe cita divulgaciones iguales o similares a las de la idea que se intenta patentar, además de una opinión escrita sobre si cumple los requisitos de patentabilidad.

El plazo para completar estos dos trámites puede superar los 18 meses. Tras ello la solicitud es publicada en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI).

Examen final para obtener o no la patente

Para terminar, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) hace un examen a fondo. De dicha evaluación se encargan tres examinadores y, tras ello, se procede o no a la concesión definitiva de la patente que se publicará en el BOPI.

El trámite completo de una patente en España suele durar aproximadamente unos 3 años. La concesión otorga protección durante un período de 20 años improrrogables y está sujeta al pago de anualidades para su mantenimiento en vigor.

Como alternativa para el caso de invenciones menores o que entrañen poca complejidad, conviene saber que también es posible registrar un modelo de utilidad en España, lo que implica una tramitación más rápida y sencilla y un menor coste por no precisar del Informe Sobre el Estado de la Técnica. En contrapartida, el tiempo de monopolio máximo que otorga un modelo de utilidad es de 10 años.

Alicante cuenta con la sede de la EUIPO (European Union Intellectual Property Office), lugar al que cualquier empresa del mundo tiene que acudir, si desea registrar una marca, un dibujo o un modelo de utilidad con validez para los actuales 27 países de la UE.

Por último, es interesante conocer que desde el momento en que se solicita la patente se dispone de 12 meses para extenderla a cualquier otro país.

Fuente: Cámara de Comercio de España y elaboración propia.


Resumen

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